jueves, 18 de abril de 2013

Aprobado el certificado energético obligatorio para vender o alquilar viviendas a partir del 1 de junio

Llega con varios meses de retraso pero ya es una realidad. A partir del próximo 1 de junio, todo aquel que quiera vender o alquilar su vivienda necesitará un certificado de eficiencia energética. Todas las viviendas construidas antes de 2007 deberán contar con este documento, cuya función es describir lo eficaz que es un inmueble en cuanto al consumo de energía. Un certificado similar a la etiqueta de los electrodomésticos y que permite al consumidor conocer aspectos tan relevantes como el gasto eléctrico o de agua, nivel de ruido...

Entre los condicionantes que determinarán la calificación de una vivienda se encuentran los materiales de la fachada y su orientación, la envolvente de la vivienda (techo, paredes y suelo), la calidad de las ventanas y persianas, el tipo de calefacción y su combustible, y la clase de electrodomésticos que contenga. Además del estudio para obtener el certificado, cada vivienda analizada recibirá una serie de recomendaciones de mejora 

El certificado es un informe que, a modo de etiqueta, nos indicará el consumo energético de un inmueble. Cada vivienda tendrá una etiqueta parecida a las que ya incluyen los electrodomésticos, que indica su eficiencia en cuanto al consumo de energía, agua… La etiqueta deberá aparecer en todos los anuncios, ofertas, promociones y publicidad dirigida a la venta o alquiler de cualquier inmueble 

Quién emitirá el certificado de eficiencia energética y qué medirá…  
El certificado de eficiencia energética puede ser suscrito por un técnico certificador que esté en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética. Se estudia la envolvente de la vivienda (fachadas), los cerramientos, los sistemas de iluminación, de generación térmica, de ventilación… Además, el certificado de eficiencia energética incluirá una serie de recomendaciones para la mejora de la eficiencia. El certificado tiene una validez de 10 años. 

Quién necesitará el certificado de eficiencia energética…  
Hasta ahora sólo los edificios de nueva construcción debían contar con la certificación energética, a partir de 1 de junio todas las viviendas que se vendan o alquilen deberán contar con su propio certificado de eficiencia energética, siendo el responsable de obtener dicho certificado el propietario de la vivienda, edificio o local. 
 Es obligatorio poner este certificado a disposición de los interesados en comprar o alquilar una vivienda (para alquileres con una duración superior a cuatro meses) , En caso de venta, el vendedor deberá entregar al comprador en la notaría un original del certificado. En caso de alquiler, deberá adjuntar una fotocopia al contrato de arrendamiento. 

 El incumplimiento se considerara infracción en materia de protección al consumidor, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y será sancionada administrativamente. Aparte se puede declarar nulo un contrato de arrendamiento que no conlleva dicho certificado.

1 comentario:

  1. Si necesitas realizar algún Certificado de Eficiencia Energética en las provincias de Alicante, Albacete o Murcia, nosotros podemos realizarlo.
    www.daerconsultoria.es - info@daerconsultoria.es - 965827406.
    Gracias.

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